Anteproyectos
Los anteproyectos de reglamentos, bandos municipales u otras disposiciones administrativas de car谩cter general, con por lo menos treinta d铆as naturales de anticipaci贸n a la fecha de su discusi贸n en el cabildo, salvo que su publicaci贸n pueda comprometer seriamente los efectos que se pretendan lograr o que se trate de situaciones de emergencia.